| RESOLUCION Nº 2202 Expte.: 12517 La Plata, 26 de julio de 1976. VISTO La consulta efectuada por este Organismo por un profesional, el cual solicita se le informe acerca del porcentaje que sobre el total, procede cobrar en concepto de honorarios, por las tareas profesionales consistentes en estudio y croquis previos a la conformación del anteproyecto. Que asimismo, el interesado requiere se le informe si la materialización
de una maqueta, suple los pertinentes planos de cortes, elevaciones
y plantas, los que conjuntamente con la memoria descriptiva y el presupuesto
global conforman la labor de anteproyecto definida por el Art. 2°
del Capítulo I, Título VIII del Decreto N° 6964/65;
y Que de acuerdo a la definición de anteproyecto, los planos pueden ser suplidos por el conjunto de dibujos y demás elementos gráficos para dar una idea general de las obras en estudio, no incluyéndose la maqueta, elemento que debe entenderse como accesorio y no de necesaria y excluyente presentación. Que de acuerdo a lo expresado en el Art. 21, Título I del Decreto N° 6964/65, este organismo es el encargado de aclarar cualquier duda en la interpretación del arancel y de fijar el monto de los honorarios en los casos no previstos en él. Por ello, este Consejo Profesional de la Ingeniería, en uso
de las atribuciones que le son propias, en sesión de la fecha
a) Estudios previos .............................................................. 5% b) Anteproyecto ................................................................... 15% Estudios previos y anteproyecto .......................................... 20% Art. 2º.- Determinar que la materialización de una maqueta no suple los planos de planta, cortes y elevaciones exigidos en la conformación de un anteproyecto, definido según lo establece el Art. 2° del Capítulo I, Título VIII del Arancel vigente. |