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RESOLUCION Nº 467
Código: Expte.: 231
La Plata, 12 de Diciembre de 1996. VISTO: Que por Resoluciones Nros. 150 y 388 de fechas 27/02/90 y 07/12/94, este Consejo Superior aprobó el CODIGO DE ETICA PROFESIONAL, con las modificaciones introducidas por las Asambleas: Anual Ordinaria -de fechas 29/09/89 y 27/10/89-, y Extraordinaria -de fecha 25/11/94-; y
CONSIDERANDO: Que luego de su análisis las mismas fueron aprobadas por la Asamblea Extraordinaria del 29/11/96 (Asunto 5). Por ello, este CONSEJO SUPERIOR del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires, en su Sesión nº 185 del día de la fecha, en uso de las atribuciones que le son propias, RESULVE: a) Agrégase, como Inciso 17) del ARTICULO 12º del Código de Etica, el siguiente: En caso de utilizar el matriculado sancionado el recurso de apelación ante el Poder Judicial, deberá informar al Colegio la Resolución confirmatoria dentro de las 48 hs. de su notificación. El incumplimiento de esta obligación le acarreará una sanción complementaria conforme al artículo 11º inciso e). b) El actual Inciso 17) del Artículo 12º pasa a ser Inciso 18). c) Agrégase, como Inciso 13 bis) del ARTICULO 12º, el siguiente texto: El Tribunal de Disciplina podrá delegar en uno de sus Miembros o en un profesional que desempeñe cargo electo en el Colegio de Ingenieros, la producción de medidas de prueba en lugares alejados de la sede del Tribunal; de tal diligencia se labrará una detallada acta que se agregará a la causa. d) Agrégase, como ARTICULO 13º del Código de Ética, el siguiente: Si el Ingeniero denunciado no se encontrare matriculado en el momento de producirse la denuncia, se tomará nota de la misma en legajo especial a su nombre en el Colegio de Ingenieros, para ser tratada en caso de requerir el interesado su rehabilitación en la matrícula. Ello sin perjuicio de la actuación que pudiera corresponder ante el Poder Judicial, en función de lo dispuesto por el art. 247 del Código Penal reformado por la Ley 24.527.
Ing. Civil José María Jáuregui Secretario Ing. en Const. Norberto L. Beliera Presidente
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